jueves, 28 de marzo de 2019

Religión y Educación Pública. APRENDER SIN DOGMAS


          APRENDER SIN DOGMAS 

Organizaciones sociales como Europa Laica, a la que pertenece Sevilla Laica,  defienden que la Escuela debe ser “escrupulosa con el principio de laicidad o neutralidad” para el “libre y pleno desarrollo de la personalidad humana”; impartir educación sin dogmas de ninguna creencia institucionalizada, es decir, de ninguna religión.  Las religiones están protegidas por las leyes, pero deben adoctrinan en sus parroquias, o templos, o locales legalmente habilitados . 

Defender una Escuela Publica Laica supone exigir la educación común,  inclusiva y sin discriminaciones ni diferencias por fe o ideologías,  que alumnos y alumnas van a recibir del Estado desde los 3 años. Eso no significa ir contra la Iglesia Católica, sino pedir que se cumpla la aconfesionalidad del Estado (Constitución Española) y la libertad de conciencia de la ciudadanía, a la que se deben los Centros educativos Públicos.


El CONCORDATO de 1953 entre Estado Vaticano y Estado Español
Desde que la Iglesia Católica sostuvo y apoyó el golpe de Estado contra la República, y consideró "Cruzada" la guerra civil, la jerarquía católica recibió numerosos privilegios, que aún mantiene, a partir del desarrollo del Concordato, refrendado después por los Acuerdos de 1979.
Desde entonces ha aumentado, no solo su presencia en las instituciones, sino el mucho dinero que viene recibiendo: actualmente, a partir de datos de la Conferencia Episcopal Española CEE) recogidos por Europa Laica,  unos ONCE MIL millones de EUROS anuales, que no pagan solo los católicos, sino que salen del Erario Público, es decir, de nuestros impuestos.
Ni siquiera salen de quienes ponen la cruz al rellenar el impreso del IRPF, pues de todos modos, la cantidad que se le ingresa directamente en las cuentas de la CEE es la misma: unos 450.000 euros anuales a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, y sin impuesto alguno,
Actualmente hay distintos Acuerdos con otras profesiones religiosas: Evangélicos, Musulmanes, Judíos, etc.


LA RELIGIÓN CATÓLICA, "asignatura" EN LA ESCUELA PUBLICA
En España pues, actualmente existe algo extraño y sorprendente para los que nos visitan desde otros países: la evangelización, la doctrina católica, forma parte de las "asignaturas" de la Escuela Pública. 
Es de oferta obligatoria, pero optativa entre Religión y Valores sociales y Cívicos.
Para ello, hay unos profesores elegidos por su Diócesis correspondiente, con un horario en el que evangelizan a alumnos y alumnas de Infantil, impartiendo doctrina y dogmas católicos en  Primaria, Enseñanza Obligatoria y Bachillerato,  en Aulas de Colegios e Institutos Públicos. No pasan por exámenes ni oposiciones, son seleccionados por la Iglesia pero les nombra y paga la Administración a cargo de los impuestos de todos,  creyentes o no.


El contenido de la enseñanza religiosa católica en la Escuela lo marca la Conferencia Episcopal (CEE) y en concreto su Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis. A partir de la LOMCE hay un curriculum de Religion en el BOJA como una materia más.
Puede darse así la circunstancia de que los profesores de Ciencias expliquen las teorías de los científicos actuales a unos alumnos que, si eligen Religión reciben la información sacada de la Biblia. Dentro de su propia Escuela.


Por eso,  QUE LA RELIGIÓN  QUEDE EN LAS IGLESIAS, TEMPLOS, mezquitas..., NO EN LAS AULAS DE LA
 ESCUELA PÚBLICA.

Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre
 Enseñanza y Asuntos Culturales 1979
En preámbulo del Acuerdo, después de hacer referencia a la «importancia fundamental» que las dos partes conceden a «los temas relacionados con la enseñanza», se afirma que «el Estado reconoce el derecho fundamental a la educación religiosa» mientras que «la Iglesia debe coordinar su misión educativa con los principios de libertad civil en materia religiosa y con los derechos de las familias y de todos los alumnos y maestros, evitando cualquier discriminación o situación privilegiada», compromiso que se extiende a los «llamados medios de comunicación social» sometidos a «los mismos principios de libertad religiosa e igualdad sin privilegios, que Iglesia y Estado profesan en materia de enseñanza». Por último se hace referencia en el preámbulo al «patrimonio histórico, artístico y documental de la Iglesia [que] sigue siendo parte importantísima del acervo cultural de la Nación; por lo que la puesta de tal Patrimonio al servicio y goce de la sociedad entera, su conservación y su incremento, justifican la colaboración de Iglesia y Estado».
En el artículo I se establece lo siguiente: A la luz del principio de libertad religiosa, la acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar.





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