viernes, 29 de marzo de 2019

Conflictos en la Escuela Pública. Relato de un Padre de alumno

En el Colegio Giner de los Ríos (Mairena del Aljarafe) los padres reciben una NOTA  sobre la procesión infantil que se va a organizar.

Este es el relato de uno de ellos que reivindica para su hijo la exigida neutralidad del Centro.

 Me llamó la atención que la nota carecía de toda identificación ni fecha. Hasta ahora, venían con el membrete y sello del AMPA, o si las organizaba el Colegio, eran colgadas en el tablón de anuncios que hay en la puerta de la clase. Esta vez, dada la naturaleza de la nota y la imposibilidad de conocer al autor ni al origen de la misma, ya me estaba empezando a escamar, y con razón.

 Me pongo en contacto con Sevilla Laica, y a través de su correo electrónico, sevilla@andalucialaica.org ,  les pido consejo para detener esta barbaridad. Me envían algunos contactos y varios modelos de escritos para presentar. El día 5 marzo entrego dos, uno a la dirección del Colegio, y el otro al Delegado territorial Sevilla de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía; este último usando la plataforma oficial que tiene la Junta de Andalucía para entregar documentos sin moverse de casa, usando en mi caso el certificado digital, algo que te ahorra el paseo a la Consejería correspondiente.
La plataforma es esta: https://www.juntadeandalucia.es/ciudadania// (pinchar donde pone Presentación ElectrónicaGeneral)

*Reunión con el Director
Al poco tiempo el Director me da cita para el martes día 12 de marzo por la tarde. En ella, me informa de lo siguiente, entre otros detalles:
- Que la actividad ha sido votaba y aceptada por el Consejo Escolar.
- Que la actividad es una propuesta del Aula de Religión.
- Que el centro se ceñirá a lo que diga Inspección, pues al haber presentado yo una reclamación en la Delegación Territorial, están a la espera de dicho informe de Inspección, para tomar una decisión.

Antes de terminar, le pido que me dé por escrito lo que me acaba de comunicar y le recuerdo que el Consejo Escolar NO puede tomar decisiones, ni mucho menos votar, sobre cuestiones  que atañen a derechos fundamentales; en este caso la libertad de conciencia de cada uno de los alumnos al elegir o no Religión. Y que quiero saber la posición de todos los actores de esta historia (director, consejo escolar, etc. ) por si tengo que llevar todo esto a juicio. Me dice que  no sabe si me lo va a poder dar.
(Luego lo supe: la actividad como tal no había sido votada ni aceptada por el actual Consejo Escolar, sino propuesta por el anterior, y que esa misma tarde hubo reunión de la Comisión Permanente -no del Consejo Escolar- para modificar la actividad y tratar de hacerla "legal" de alguna manera (por consejo de  la propia Inspectora que llevaba mi reclamación).

 *Tras la reunión, al constatar que no se había votado la actividad preparo varios escritos:
1 – Al director del centro, para pedirle por escrito sus respuestas.
2 – Al Consejo Escolar, insistiendo en que son actividades NO VOTABLES,  para que se retracten  y no las apoyen..
3 – Al centro escolar, para que, como es mi derecho, me facilite por escrito o por email, las Actas del Consejo Escolar del presente año.

No he recibido contestación alguna a ninguno de los 3 escritos presentados.

Finalmente, fue en la reunión de padres con cada profesor para la entrega de notas, el pasado martes 26 de marzo, cuando cada profesor de Infantil informó de que la actividad quedaba en suspenso, es decir, que lo han suspendido por este curso.

jueves, 28 de marzo de 2019

Religión y Educación Pública. APRENDER SIN DOGMAS


          APRENDER SIN DOGMAS 

Organizaciones sociales como Europa Laica, a la que pertenece Sevilla Laica,  defienden que la Escuela debe ser “escrupulosa con el principio de laicidad o neutralidad” para el “libre y pleno desarrollo de la personalidad humana”; impartir educación sin dogmas de ninguna creencia institucionalizada, es decir, de ninguna religión.  Las religiones están protegidas por las leyes, pero deben adoctrinan en sus parroquias, o templos, o locales legalmente habilitados . 

Defender una Escuela Publica Laica supone exigir la educación común,  inclusiva y sin discriminaciones ni diferencias por fe o ideologías,  que alumnos y alumnas van a recibir del Estado desde los 3 años. Eso no significa ir contra la Iglesia Católica, sino pedir que se cumpla la aconfesionalidad del Estado (Constitución Española) y la libertad de conciencia de la ciudadanía, a la que se deben los Centros educativos Públicos.


El CONCORDATO de 1953 entre Estado Vaticano y Estado Español
Desde que la Iglesia Católica sostuvo y apoyó el golpe de Estado contra la República, y consideró "Cruzada" la guerra civil, la jerarquía católica recibió numerosos privilegios, que aún mantiene, a partir del desarrollo del Concordato, refrendado después por los Acuerdos de 1979.
Desde entonces ha aumentado, no solo su presencia en las instituciones, sino el mucho dinero que viene recibiendo: actualmente, a partir de datos de la Conferencia Episcopal Española CEE) recogidos por Europa Laica,  unos ONCE MIL millones de EUROS anuales, que no pagan solo los católicos, sino que salen del Erario Público, es decir, de nuestros impuestos.
Ni siquiera salen de quienes ponen la cruz al rellenar el impreso del IRPF, pues de todos modos, la cantidad que se le ingresa directamente en las cuentas de la CEE es la misma: unos 450.000 euros anuales a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, y sin impuesto alguno,
Actualmente hay distintos Acuerdos con otras profesiones religiosas: Evangélicos, Musulmanes, Judíos, etc.


LA RELIGIÓN CATÓLICA, "asignatura" EN LA ESCUELA PUBLICA
En España pues, actualmente existe algo extraño y sorprendente para los que nos visitan desde otros países: la evangelización, la doctrina católica, forma parte de las "asignaturas" de la Escuela Pública. 
Es de oferta obligatoria, pero optativa entre Religión y Valores sociales y Cívicos.
Para ello, hay unos profesores elegidos por su Diócesis correspondiente, con un horario en el que evangelizan a alumnos y alumnas de Infantil, impartiendo doctrina y dogmas católicos en  Primaria, Enseñanza Obligatoria y Bachillerato,  en Aulas de Colegios e Institutos Públicos. No pasan por exámenes ni oposiciones, son seleccionados por la Iglesia pero les nombra y paga la Administración a cargo de los impuestos de todos,  creyentes o no.


El contenido de la enseñanza religiosa católica en la Escuela lo marca la Conferencia Episcopal (CEE) y en concreto su Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis. A partir de la LOMCE hay un curriculum de Religion en el BOJA como una materia más.
Puede darse así la circunstancia de que los profesores de Ciencias expliquen las teorías de los científicos actuales a unos alumnos que, si eligen Religión reciben la información sacada de la Biblia. Dentro de su propia Escuela.


Por eso,  QUE LA RELIGIÓN  QUEDE EN LAS IGLESIAS, TEMPLOS, mezquitas..., NO EN LAS AULAS DE LA
 ESCUELA PÚBLICA.

Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre
 Enseñanza y Asuntos Culturales 1979
En preámbulo del Acuerdo, después de hacer referencia a la «importancia fundamental» que las dos partes conceden a «los temas relacionados con la enseñanza», se afirma que «el Estado reconoce el derecho fundamental a la educación religiosa» mientras que «la Iglesia debe coordinar su misión educativa con los principios de libertad civil en materia religiosa y con los derechos de las familias y de todos los alumnos y maestros, evitando cualquier discriminación o situación privilegiada», compromiso que se extiende a los «llamados medios de comunicación social» sometidos a «los mismos principios de libertad religiosa e igualdad sin privilegios, que Iglesia y Estado profesan en materia de enseñanza». Por último se hace referencia en el preámbulo al «patrimonio histórico, artístico y documental de la Iglesia [que] sigue siendo parte importantísima del acervo cultural de la Nación; por lo que la puesta de tal Patrimonio al servicio y goce de la sociedad entera, su conservación y su incremento, justifican la colaboración de Iglesia y Estado».
En el artículo I se establece lo siguiente: A la luz del principio de libertad religiosa, la acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar.





miércoles, 27 de marzo de 2019

Las Escuelas Públicas tienen que ser laicas.

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES de los alumnos de Infantil 
de la Escuela Pública han sido  respetados.


***CEIP "Giner de los Ríos", Mairena del Aljarafe: un Colegio Público de calidad que goza de prestigio en la zona.

Se trata de Padres y Madres que acuden al Equipo Directivo para defender el Derecho Fundamental de sus hijos a elegir, entre las dos opciones legales,  la de Valores y no la de Religión. Se trata de que no suponga sufrimientos ni consecuencias negativas y tristes para estos alumnos de Educación Infantil y Primaria.

Conocemos ya la decisión tomada por el Centro citadoColegio Giner de los Ríos: El padre afectado nos dice: "Me es grato comunicaros que en el CEIP Giner de los Ríos, hemos ganado esta batalla (que no la guerra) por la educación de nuestros hijos. La actividad consistente en la procesión de semana santa ha sido cancelada, así se ha informado a todos los padres en cada aula, hoy, durante la entrega de notas. Muchas gracias por vuestro apoyo.
Seguiremos atentos para que las escuelas públicas sean un lugar neutro y laico".
La denuncia de los padres y madres en este caso ha permitido eliminar esa actividad de infantil. Sin embargo, en  ese mismo colegio, en Primaria, al no haberse presentado denuncia por parte de algún padre o madre, ¡la procesión se va a llevar a cabo

Animamos a los padres y madres que consideran que no deben darse en la escuela pública actividades confesionales que separan y marginan por razones de creencias, a presentar denuncias ante la dirección del centro y la inspección escolar. 

Porque las instrucciones de las autoridades educativas son claras

Las actividades que se organizan para todo el centro y en horario escolar no pueden realizarse si alguno de los alumnos queda fuera de esa actividad por NO pertenecer al Aula de Religión al elegir la opción de Valores .


Es importante recordar que se enfrenta a niños y niñas a partir de 3 años a la decisión de disfrutar o no de una actividad de sus compañeros por razones de conciencia. La idea de que sea optativa de ninguna manera resuelve lo esencial: la separación del alumnado de una misma clase en dos grupos, según hayan expresado sus opciones, como es su derecho, entre Valores o Religión. Esto no puede ocurrir, es muy grave en un Colegio Público, que como tal debe ser neutral en estas cuestiones ante sus pequeños, y evitar discriminaciones y conflictos en la Comunidad Educativa. 

Tampoco es aceptable el proponerles una "actividad alternativa", que haría más flagrante el dejarlos aparte de la que se ofrece al resto de su clase. La procesión es actividad totalmente confesional,  es catequesis, según han insistido en la prensa los obispos de Málaga y Sevilla en estos días. Por lo tanto,  si se lleva a cabo tiene que circunscribirse, exclusivamente,  al Aula de Religión, como dice la Inspección Educativa.  En la Escuela Pública, que es para todos, se considere o no de carácter cultural, tradicional, festiva etc. no tiene cabida.



La procesión de semana santa, tan popular en las celebraciones primaverales en toda España, puede disfrutarse en cualquiera de las calles y templos de nuestras ciudades y pueblos.  Pero no es una actividad propia de la Escuela Pública

Dos imágenes, que hablan por sí solas, de dos Centros  de Andalucía que celebraron la Semana Santa en cursos pasados con una procesión infantil en la Escuela Pública. En el paso o trono, un alumno de Primaria hace de Jesucristo. ¿Qué pensarán los creyentes? ¿Y los "hermanos" de las Cofradías? ¿Y las familias de esos pequeños convertidos en aprendices de cofrades en su Colegio?