viernes, 1 de febrero de 2019

INMATRICULACIONES: EL MONOPOLY DE LA IGLESIA CATÓLICA



El pasado sábado 26 de enero, una procesión encabezada por un arzobispo con mitra y báculo y un hombre trajeado y bigotudo que recordaba a un beligerante ex- Presidente de Gobierno recorría el centro de Sevilla. Se trataba de la primera ruta organizada por la Plataforma por la Defensa del Patrimonio de Sevilla para visibilizar algunos de los muchos bienes inmuebles inscritos a su nombre por la jerarquía católica. La ruta se detuvo en tres templos emblemáticos de Sevilla:

  • Santa Catalina, construida sobre una antigua mezquita de la que conserva parte del mihrab y alminar en su torre. Declarada Monumento Nacional en 1912.
  • La Iglesia del Salvador, antigua mezquita de Ibn Adabbás, del siglo IX, la mezquita más grande de la ciudad hasta la construcción en 1182 de la mezquita mayor. La base de su campanario sigue siendo la del alminar de la mezquita y conserva restos de su antiguo patio. Declarado Bien de Interés Cultural en 1985. Fue restaurada entre 2003 y 2008 con dinero público (según la prensa, con un presupuesto inicial de 6 millones de euros).
  • La Catedral, construida sobre la antigua mezquita mayor, de la que conserva íntegros el alminar – la Giralda – y el patio – el Patio de los Naranjos. Declarada junto con el Alcázar y el Archivo de Indias Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1987, y “Bien de Valor Universal Excepcional” en 2010.

Pues bien, en los años 2008, 2010 y 2014 Santa Catalina, la Catedral “y edificios anexos”, (entre ellos la Giralda y el Patio de los Naranjos) y El Salvador, esos bienes patrimonio común desde tiempos inmemoriales y herencia de las diferentes culturas que nos han conformado como pueblo y como ciudad, fueron inscritos en el registro de la propiedad a su nombre por la jerarquía de la Iglesia Católica. A ese acto, inscribir por primera vez en el registro de la propiedad un bien que no está inscrito, es a lo que se llama inmatricular. Y es lo que la jerarquía de la iglesia católica ha estado haciendo desde hace años con ahínco, inscribiendo a su nombre, según algunas fuentes, más de 40.000 edificios, solares, viviendas, bienes comunales en toda España. Y desde 1998, también templos.

¿Y eso cómo es posible?

Pues es posible porque en 1946, la Ley Hipotecaria, una Ley de la España nacional -católica vencedora, asimilaba en su artículo 206 a la Iglesia Católica con la administración pública a la hora de inscribir bienes en el registro de la propiedad:

El Estado, la Provincia, el Municipio y las Corporaciones de Derecho público o servicios organizados que forman parte de la estructura política de aquél y las de la Iglesia Católica, cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir el de los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

El Reglamento Hipotecario de 1947 precisaba en su artículo 304 quién hacía las veces de “funcionario” en el caso de la iglesia católica:

En el caso de que el funcionario a cuyo cargo estuviere la administración o custodia de los bienes no ejerza autoridad pública ni tenga facultad para certificar, se expedirá la certificación a que se refiere el artículo anterior por el inmediato superior jerárquico que pueda hacerlo...Tratándose de bienes de la Iglesia, las certificaciones serán expedidas por los Diocesanos respectivos”.

El artículo 4 del Reglamento Hipotecario establecía que “Serán inscribibles los bienes inmuebles y los derechos reales sobre los mismos, sin distinción de la persona individual o colectiva a que pertenezcan, y, por tanto, los de las Administraciones públicas y los de las entidades civiles o eclesiásticas” pero el artículo 5 exceptuaba de esa posibilidad “los templos dedicados al culto católico”. Esa traba fue levantada por la reforma de la Ley Hipotecaria de Aznar en el año 1998, que suprimió “por inconstitucional” (!!!!) la prohibición de inscripción de los templos destinados al culto católico.

A partir de ese momento, la Iglesia empieza a inscribir a su nombre en el registro de la propiedad, además de otros tipos de edificios, también miles de templos, catedrales e iglesias. Pero entonces salta el escándalo. El descubrimiento a principios del 2007 de la inscripción de la Parroquia de Santa María de Tafalla, en Navarra y, a raíz de éste, la de muchas más edificios, da lugar al nacimiento de la Plataforma en defensa del Patrimonio Navarro, a la que se adhieren dos centenares de alcaldes. La denuncia de la inscripción de la Mezquita de Córdoba, inscrita en 2006 pero descubierta en 2009 por la Plataforma Mezquita – Catedral de Córdoba: Patrimonio de tod@s, que recoge casi 400.000 firmas en change.org, tiene un gran impacto mediático; los partidos políticos de la oposición presentan en el Congreso diversas mociones pidiendo listados de bienes inmatriculados.

Ante el escándalo que no cesa y la presión social y política, el Gobierno de Rajoy se ve obligado a rectificar y elimina ese privilegio de la Iglesia Católica flagrantemente inconstitucional. La Ley 13/2015 de Reforma de la Ley Hipotecaria excluye a la Iglesia Católica del procedimiento de inmatriculación instaurado en 1946. Pero en cambio, establece una especie de “anmistía registral”, al no declarar la ley anterior anticonstitucional y nulas de pleno derecho las inmatriculaciones realizadas a su amparo, al menos desde la aprobación de la Constitución (que al declarar España un estado aconfesional, no puede equiparar a la iglesia católica con la administración pública, ni a los diocesanos con funcionarios públicos; de la misma manera que al establecer que todos los españoles somos iguales ante la Ley, no puede mantener esos privilegios para la Iglesia Católica, una entidad privada).


También en Sevilla

Desde entonces, se viene reclamando, en Sevilla y en otros muchos lugares, el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia, sin que ese mínimo ejercicio de transparencia sea asumido por la jerarquía católica. En Sevilla, la Plataforma en defensa del Patrimonio de Sevilla, organizadora de la ruta con la que empezaba este artículo, se constituyó hace un año. Desde entonces ha venido denunciando ante la opinión pública y las instituciones la apropiación y privatización de monumentos y espacios tan claramente patrimonio de toda la ciudadanía sevillana como la Giralda, símbolo de la ciudad y el Patio de los Naranjos. Son muchos los sevillanos y sevillanas que recuerdan haber jugado en ese patio, hoy de uso exclusivo de los turistas que visitan la catedral previo pago de su entrada.

Europa Laica viene exigiendo desde hace años una nueva Ley de Patrimonio, en la cual se regule la propiedad de los inmuebles independientemente de su uso. No tenemos nada en contra del uso para el culto de catedrales e iglesias. Pero su titularidad, gestión y recaudación deben ser públicas, porque es el Estado, al margen del partido que ostente el poder, el responsable de conservar nuestro patrimonio.

Desde Sevilla Laica, como parte integrante de la Plataforma en Defensa del Patrimonio de Sevilla seguiremos reclamando el listado de bienes inmatriculados por la jerarquía de la Iglesia Católica y exigiendo que las instituciones públicas cumplan con su deber de conservar y proteger el patrimonio histórico, cultural y artístico de todos, cuya titularidad debe ser pública.

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