El
pasado sábado 26 de enero, una procesión encabezada por un
arzobispo con mitra y báculo y un hombre trajeado y bigotudo que
recordaba a un beligerante ex- Presidente de Gobierno recorría el
centro de Sevilla. Se trataba de la primera ruta organizada por la
Plataforma por la Defensa del Patrimonio de Sevilla para visibilizar
algunos de los muchos bienes inmuebles inscritos a su nombre por la
jerarquía católica. La ruta se detuvo en tres templos emblemáticos
de Sevilla:
- Santa Catalina, construida sobre una antigua mezquita de la que conserva parte del mihrab y alminar en su torre. Declarada Monumento Nacional en 1912.
- La Iglesia del Salvador, antigua mezquita de Ibn Adabbás, del siglo IX, la mezquita más grande de la ciudad hasta la construcción en 1182 de la mezquita mayor. La base de su campanario sigue siendo la del alminar de la mezquita y conserva restos de su antiguo patio. Declarado Bien de Interés Cultural en 1985. Fue restaurada entre 2003 y 2008 con dinero público (según la prensa, con un presupuesto inicial de 6 millones de euros).
- La Catedral, construida sobre la antigua mezquita mayor, de la que conserva íntegros el alminar – la Giralda – y el patio – el Patio de los Naranjos. Declarada junto con el Alcázar y el Archivo de Indias Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1987, y “Bien de Valor Universal Excepcional” en 2010.
Pues
bien, en los años 2008,
2010
y 2014 Santa
Catalina, la
Catedral
“y edificios anexos”, (entre
ellos la Giralda y
el Patio de los Naranjos)
y
El
Salvador,
esos bienes patrimonio común desde
tiempos inmemoriales y
herencia de las diferentes culturas que nos han conformado como
pueblo y como ciudad, fueron inscritos en el registro de la propiedad
a
su nombre por
la jerarquía de la Iglesia
Católica.
A ese acto, inscribir por
primera vez en
el registro de la propiedad un bien que no está inscrito, es
a lo que se llama inmatricular. Y
es lo que la jerarquía de la iglesia católica ha estado haciendo
desde hace años con ahínco, inscribiendo a su nombre, según
algunas fuentes, más de 40.000 edificios, solares, viviendas, bienes
comunales
en
toda España. Y desde
1998,
también templos.
¿Y
eso cómo es posible?
Pues
es posible porque en 1946, la
Ley Hipotecaria, una
Ley de
la España nacional -católica vencedora,
asimilaba
en
su artículo 206 a
la Iglesia
Católica
con la administración pública a la hora de inscribir bienes en el
registro de la propiedad:
“El
Estado, la Provincia, el Municipio y las Corporaciones de Derecho
público o servicios organizados que forman parte de la estructura
política de aquél y las
de la Iglesia Católica,
cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir el
de los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna
certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la
administración de los mismos, en la que se expresará el título de
adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.
El
Reglamento Hipotecario de 1947 precisaba en su artículo 304 quién
hacía las veces de “funcionario” en el caso de la iglesia
católica:
“En
el caso de que el funcionario a cuyo cargo estuviere la
administración o custodia de los bienes no ejerza autoridad pública
ni tenga facultad para certificar, se expedirá la certificación a
que se refiere el artículo anterior por el inmediato superior
jerárquico que pueda hacerlo...Tratándose de bienes de la Iglesia,
las certificaciones serán expedidas por los Diocesanos respectivos”.
El
artículo 4 del Reglamento Hipotecario establecía que “Serán
inscribibles los bienes inmuebles y los derechos reales sobre los
mismos, sin distinción de la persona individual o colectiva a que
pertenezcan, y, por tanto, los de las Administraciones públicas y
los de las entidades civiles o eclesiásticas” pero el artículo 5
exceptuaba de esa posibilidad “los templos dedicados al culto
católico”. Esa traba fue levantada por la reforma de la Ley
Hipotecaria de Aznar en el año 1998, que suprimió “por
inconstitucional” (!!!!) la prohibición de inscripción de los
templos destinados al culto católico.
A
partir de ese momento, la Iglesia
empieza a inscribir a su nombre en el registro de la propiedad,
además
de otros tipos de edificios, también
miles de templos, catedrales e iglesias. Pero entonces salta el
escándalo. El descubrimiento a
principios del 2007 de
la inscripción de la Parroquia de Santa María de Tafalla, en
Navarra y,
a raíz de éste, la de muchas más edificios,
da lugar al nacimiento de la Plataforma en defensa del Patrimonio
Navarro, a la que se adhieren dos centenares de alcaldes. La denuncia
de la inscripción de la Mezquita de Córdoba, inscrita
en 2006 pero descubierta en 2009
por la “Plataforma
Mezquita – Catedral de Córdoba: Patrimonio de tod@s”,
que
recoge casi 400.000 firmas en change.org,
tiene un gran impacto mediático; los partidos políticos de la
oposición presentan en el Congreso diversas mociones pidiendo
listados de bienes inmatriculados.
Ante
el escándalo que no cesa y la presión social y política, el
Gobierno de
Rajoy se
ve obligado a rectificar
y elimina
ese privilegio de la Iglesia Católica flagrantemente
inconstitucional. La
Ley 13/2015
de
Reforma de la Ley Hipotecaria excluye a la Iglesia Católica del
procedimiento de inmatriculación instaurado en 1946. Pero en cambio,
establece una especie de “anmistía registral”, al no declarar la
ley anterior anticonstitucional y nulas
de pleno derecho las inmatriculaciones realizadas a su amparo, al
menos desde la aprobación de la Constitución (que al declarar
España un estado aconfesional, no puede equiparar a la iglesia
católica con la administración pública, ni a los diocesanos
con funcionarios públicos;
de la misma manera que al establecer que todos los españoles somos
iguales ante la Ley, no puede mantener esos privilegios para la
Iglesia Católica, una entidad privada).
También
en Sevilla
Desde
entonces, se viene reclamando, en Sevilla y en otros muchos lugares,
el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia,
sin que ese mínimo ejercicio de transparencia sea asumido por la
jerarquía católica. En Sevilla, la Plataforma en defensa del
Patrimonio de Sevilla, organizadora de la ruta con la que empezaba este
artículo, se
constituyó hace un año. Desde entonces ha venido denunciando
ante la opinión pública y las instituciones la apropiación y
privatización de monumentos y espacios tan claramente patrimonio de
toda la ciudadanía sevillana como la Giralda, símbolo
de la ciudad y
el Patio de los Naranjos. Son
muchos los sevillanos
y
sevillanas que recuerdan
haber jugado en
ese patio, hoy
de
uso exclusivo de los turistas que visitan la catedral previo pago de
su entrada.
Europa
Laica viene
exigiendo desde hace años una
nueva Ley de Patrimonio, en
la
cual se regule la propiedad de los inmuebles independientemente de su
uso. No tenemos nada en contra del uso para el culto de catedrales e
iglesias. Pero su
titularidad, gestión y recaudación deben ser públicas, porque es
el Estado, al margen del partido que ostente el poder, el responsable
de conservar nuestro patrimonio.
Desde
Sevilla
Laica, como parte integrante de la Plataforma en Defensa del
Patrimonio de Sevilla seguiremos
reclamando
el
listado de bienes inmatriculados por la jerarquía de la Iglesia
Católica
y
exigiendo
que
las instituciones públicas cumplan con su deber de
conservar y proteger el patrimonio histórico, cultural y artístico
de
todos,
cuya titularidad debe ser pública.
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